El viceministro Mario Ríos anunció también una completa auditoría a las adopciones realizadas en los últimos cinco años.
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables declaró en crisis el Sistema Nacional de Adopciones y ha suspendido toda adopción internacional de niños peruanos.
Fue hace unos días que llegó a los medios la historia de tres niños peruanos, adoptados por misioneros cristianos provenientes de Estados Unidos, que sufrieron agresiones físicas y psicológicas por parte de estos.
La adopción ocurrió a través de Villa Hope, una agencia privada de adopciones acreditada ante el Estado peruano pero que, como reveló un informe de Latina, ha desaparecido del país.
El viceministro de Poblaciones Vulnerables, Mario Ríos, anunció que la suspensión seguirá hasta realizar una adecuada evaluación de las agencias de adopciones.
Los datos revelados por Latina parecen señalar que la tarea no será fácil: en los últimos cinco años, de los 1702 niños han sido dados en adopción, 582 fueron al extranjero y gran parte de ellos se encuentra en Italia (302), donde cuatro de las ocho agencias no dan razón sobre ellos.
Adopciones nacionales siguen en pie
Solo las adopciones internacional han sido suspendidas. Si eres peruanos y deseas adoptar un niño, aún lo puedes hacer (siempre y cuando haya sido declarado en abandono por el Poder Judicial).En esta adopción pueden participar personas solteras, casadas o en uniones de hecho desde los 25 años de edad hasta los 55. Además, se debe cumplir con una capacitación y evaluación integral antes de obtener la custodia.
DATO:
16/06/2016
Fuente: peru21.pe
El padre preadoptivo: «La madre biológica ratificó el proceso de adopción»
Alberto Bordes Folgado y su mujer Noelia viven con el corazón roto desde que la Justicia les obligó a entregar a su hijo preadoptivo. Para ellos es su hijo, porque llegó a sus vidas a los 18 meses y ha estado con ellos hasta los cuatro años. Ahora, un juez ha decidido que regrese con su madre. Es legal y la madre tiene la legislación de su parte, pero Alberto y su mujer han perdido a un hijo. Después de que se vertieran todo tipo de acusaciones contra la madre biológica, ésta decidió dar su opinión mediante una carta enviada a LA RAZÓN.
Ahora, Alberto ha querido dar su versión completa de los hechos con una misiva remitida al diario Levante-EMV.
Para Alberto, "en cualquier tribu centro-africana tienen leyes más justas y las aplican mejor que en España". Argumenta que llevan años buscando formar una familia y que cuando pensaban que lo habían logrado, les vuelven a dar un mazazo: "Habiendo pasado muchos años esperando poder adoptar en China, nos dijeron desde Consellería de Bienestar de Valencia que podríamos abrir la puerta de la adopción nacional. Viendo los años que habían pasado, decidimos hacerlo y volver a pasar por todos los procesos de idoneidad hasta que nos consideraron aptos para nacional, que curiosamente no es lo mismo que ser apto para la adopción internacional".
Así, relata que les llamaron para adoptar a un niño de Oviedo: "Aceptamos de inmediato y viajamos a Asturias para que nos realizaran una nueva valoración porque tampoco era suficiente la de los compañeros de Valencia... Ya somos tres veces idóneos...". Una semana después, recibieron una llamadas para indicarles que habían sido elegidos entre la terna de candidatos valorados.
"Todo el esfuerzo había valido la pena, porque Joan por fin llegó a nuestras vidas... Pasamos en Oviedo un proceso de adaptación que fue increíblemente rápido, gracias en gran parte al excelente trabajo de las profesionales que se encargaban del cuidado de nuestro hijo. Joan vino a Valencia cuando tenía sólo 18 meses y rápidamente se integró. Familia, amigos, colegio... entró en nuestras vidas para quedarse con nosotros para SIEMPRE", dice.
Debido a su nueva situación, decidieron no renovar la documentación para la adopción internacional porque no podían imaginar lo que les deparaba el futuro. Los pasos para la adopción definitiva iban según lo previsto. Según indica Alberto, "llegó el día de ratificar el proceso de adopción de Joan, cosa que hicimos tanto nosotros como la madre biológica de forma voluntaria". El primer contratiempo llegó varios meses después, tras una impugnación de la adopción, pero el juzgado de Primera Instancia número 7 de Oviedo sentenció que el proceso había sido correcto.
El caso llegó a la Audiencia provincial de Oviedo y comenzó el "via crucis" de esta familia. "Los magistrados basándose en el informe de un solo psicólogo que realizó después de una única sesión, decidió echar por tierra todo el sistema de protección de menores y ordenó la entrega inmediata del niño a su familia biológica. Esta orden debía ejecutarla la jueza de Primera Instancia, que pudo oponerse y mantener su decisión inicial, ya que se había presentado recurso al Tribunal Supremo".
Alberto lamenta que el criterio de la Consejería de Oviedo y de la fiscalía de menores no fueran consideradas como suficientes y que se decidiera ejecutar la orden de entrega del menor a su madre biológica. La decisión fue recurrida pero no fue tomada en cuenta
Alberto explica que el 26 de julio, decidieron irse de vacaciones para aislarse y pasar el que podía ser el último verano con Joan. Defiende que nadie les había notificado nada y que "nunca hemos sustraído a ningún niño, como se afirmó en algún medio. Irse de vacaciones y apagar el móvil no es ningún delito".
Ya de regreso a casa fueron conscientes de que la jueza no aceptaba suspender la entrega hasta la decisión del Supremo y que había ordenado a la Policía que les buscara. No entienden la decisión, la consideran injusta. Sólo les queda la esperanza de que el Alto Tribunal tome una decisión que, sea en el sentido que sea, será una alegría para unos y un mazazo difícil de superar para otros.
15/09/2016
Fuente: La Razón
Caso Joan: «Con la Ley en la mano este niño no era hijo de la pareja valenciana»
La imagen desgarradora de una familia de Valencia entregando a un pequeño de 4 años al que habían criado en régimen de preadopción desde los 18 meses, para que fuera devuelto a su madre biológica, ha sacudido a la opinión pública esta semana. Muchos son los que se preguntan estos días cómo se ha podido llegar a esta terrible situación, que deja a dos familias destrozadas y sobre todo a un niño inmerso en una situación muy delicada.
Pero lo cierto es que, bien se trate de un proceso de adopción o de acogida, hasta que no exista una sentencia firme de adopción, la familia no puede considerar al menor como su hijo. En el proceso de acogimiento, sea cual sea su modalidad (de urgencia, temporal, permanente, o lo que hasta ahora se denominaba acogida en preadopción, bajo la que se encontraba este menor) todo niño es susceptible de regresar con su familia y su expediente puede ser «revisable».
Medida temporal
En teoría, explica Juan José Casado, de la Asociación Infania, «el acogimiento es una medida temporal que se ofrece a los menores que no pueden vivir con sus familias por distintos motivos,mientras los Servicios Sociales trabajan por hacer viable su regreso a casa, o que pasen a otras medidas como puede ser la adopción. La cuestión es que el niño pase el menor tiempo institucionalizado posible».
«Es verdad que los Servicios Sociales, cuando ponen a un niño en preadopción, es que han considerado que el pequeño tiene que integrarse plena y definitivamente en una familia distinta, y es lo que tradicionalmente se conoce como “un menor en adopción”. Digamos que está en guarda para no hacerle esperar en una casa cuna hasta que el juzgado se pronuncie con un auto firme», añade Antonio Ferrandis, jefe de área de Adopciones de la Comunidad de Madrid.
En la última reforma legal de 2015 que dio lugar a la Ley de Protección de la Infancia se derogó el término de acogida en preadopción, que desde entonces pasa a denominarse «guarda con finalidad adoptiva». «Quizá la nueva terminología define mejor este periodo transitorio, porque el objetivo de cambiar la filiación del niño queda así más claro, si cabe», señala Ferrandis.
Plazos de 6 a 18 meses
Así lo afirma también el técnico de la administración madrileña, donde estos procesos, antes llamados de «preadopción», tienen una duración estimada de unos seis a dieciocho meses. «En ese plazo máximo de tiempo se suele obtener un auto de adopción. Pero mientras tanto, uno se lleva un niño a casa que mantiene sus apellidos de origen y al que no se puede inscribir en el libro de familia hasta que no haya sentencia firme».
En este caso concreto, la madre biológica había recurrido a la justicia, tal y como explicó ayer ella misma en una carta hecha pública en un medio de comunicación. En la misiva la mujer, actualmente de 19 años, y de nombre María José Abeng Ayang, exponía que en su día se había visto obligada a aceptar el acogimiento preadoptivo, lo cual le había llevado a luchar por recuperar a su hijo durante estos años, como finalmente así ha sido.
Muchas víctimas
Se trata de «proyectos»
Pero si por contra se trata de una maternidad indeseada, es posible la entrega del niño para su posterior adopción por una familia. «Lo que se le debe explicar con extremo cuidado a la mujer es que la adopción extingue de manera definitiva el vínculo de filiación entre hijos biológicos y progenitores. Se termina de forma plena la patria potestad, así como todo parentesco entre el niño y la anterior familia extensa. Se trata por supuesto de un proceso de carácter confidencial y una vez que se ha constituido en el juzgado, y la nueva familia tiene el auto en la mano –a diferencia de lo que ha ocurrido con el pequeño de Valencia–, la adopción es irrevocable», concluye el jefe de área de adopciones de la región de Madrid.
15/09/2016
Fuente: ABC
Las familias tienen que esperar entre cuatro y ocho años para adoptar a hijos en territorio nacional o en otros países
Fernando y Laura juegan con su hija, Leyre, adoptada en Vietnam.
El día que Leyre dijo “papá” por primera vez, Fernando, de 37 años, y Laura, de 36, sintieron que habían cumplido el deseo de formar una familia, tras ocho años intentándolo. Ese fue el tiempo en que la pareja de madrileños tuvo que esperar para adoptar a la niña vietnamita, que acaba de cumplir 18 meses y que llegó a casa en junio. Esa demora ha provocado una brusca caída en el número de personas interesadas en adoptar tanto en territorio nacional como internacional. Entre 2010 y 2014 las nuevas solicitudes de adopción en España – donde el tiempo de espera es de cuatro a ocho años – se redujeron a la mitad (de 3.376 a 1.431), según los datos del Ministerio de Sanidad, Seguridad Social e Igualdad.
En el mismo período también han bajado en un 72% (de 5.000 a 900) las solicitudes internacionales, porque los plazos en el exterior no han dejado de alargarse. Entre 2005 y 2010, cuando hubo un boom de adopciones en otros países, superando las 5.000, el tiempo medio de espera era de dos años. Actualmente, ese plazo puede llegar a los ocho años, según CORA (Coordinadora de Asociaciones en Defensa de la Adopción y el Acogimiento). La ratificación del Convenio de La Haya, que protege mejor el interés y el cuidado del menor, pero que endurece los requisitos, y el cambio de políticas de adopción en países como Rusia o China justifican las cifras. “Primero esos estados intentan que los niños sean acogidos dentro de la propia familia o en el mismo país. Solo si no se cumplen esas expectativas pueden ser asignados por extranjeros”, explica Benedicto García, coordinador de CORA (Coordinadora de Asociaciones en Defensa de la Adopción y el Acogimiento).
Por eso Fernando y Laura decidieron adoptar en Vietnam, con la ayuda de una entidad colaboradora en la adopción internacional (ECAI). Aun así, vivieron una odisea burocrática. Empezaron los trámites en 2008, cuando el país acaba de abrir relaciones con España. “Nada más empezar, hubo una avalancha de interesados en adoptar allá y tardamos en entrar en la lista de espera”, cuenta Laura. Luego España cortó por un año las relaciones con Vietnam, que cambió su ley de protección a los menores, lo que significó otros dos años de espera. Por fin, entre 2010 y 2011, el país asiático decidió que solo daría en adopción a niños con hermanos, necesidades especiales o algún grado de discapacidad. Fernando y Laura solo pudieron tener a Leyre porque la niña sufre una dermatitis atópica.
Si hubiese tenido que esperar más, la pareja no hubiera podido tener una hija, ya que en España el límite de edad para solicitar la adopción es de 40 años. “Hay que empezar los trámites a los 35 años, aproximadamente, porque cuando te asignan un hijo ya tienes entre 40 y 45”, afirma Benedicto García. El coordinador de CORA asegura que esa es otra razón por la que han descendido las solicitudes. “A esa edad, la mayoría de las personas no tiene una vida económicamente estable y no se plantea tener una familia”, señala García.
Para aumentar las posibilidades de tener un hijo, muchas familias optan por apuntarse a las listas de adopción nacional e internacional a la vez. Fue lo que hizo García, hace 25 años. Él y su pareja lo intentaron en España y, después de cuatro años de espera, empezaron a tramitar la adopción en India, donde tuvieron a una hija dos años después. Cuando la niña llevaba un año en casa, se les asignó, tras siete años de haber empezado el proceso, un hijo español.
Lo mismo les pasó a José Antonio y Mari Ángeles, una pareja que no podía tener hijos biológicos y que decidió adoptar en 2000. En aquel momento, las listas españolas estaban cerradas, por lo que decidieron probar suerte en India. En 2005, su primer hijo llegaba a casa, con dos años. Cuando todavía tramitaban la adopción en Asia, España abrió las solicitudes y ellos se apuntaron. En 2007, conocieron a su hijo español, con tan solo 12 días de vida. “Cuando eres padre adoptivo, no eliges cuantos hijos vas a tener, ni cuándo. Eso depende de la burocracia. Lo único que puedes hacer es estar preparado para todo”, afirma José Antonio.
Fernando y Laura emprenden el mismo camino. Quieren dar un hermano o una hermana a Leyre y están en la lista de espera para adoptar en España. Se preparan para otra “gestación” larga, pero esta vez con menos ansiedad. “La primera adopción es muy dura. Sabes cuando empiezas, pero no sabes cuándo va a acabar, o si acabará bien. Ahora que ya somos una familia nos sentimos más preparados para seguir intentándolo”, cuenta Fernando.Las familias tienen que esperar entre cuatro y ocho años para adoptar a hijos en territorio nacional o en otros países.
29/08/2016
Fuente: El País
Nuestros tribunales de familia reciben numerosos pedidos de reconocimiento de adopciones “llamadas internacionales”, porque a través de sentencias de jueces extranjeros, personas domiciliadas en la Argentina adoptan niños de otros países. Esto nos lleva a preguntarnos: ¿puede un juez extranjero dictar una sentencia que se reconozca y/o ejecute en la Argentina?
Aunque creamos que cada juez tiene autoridad para aplicar y hacer cumplir las leyes sólo en su territorio, a través de mecanismos de cooperación jurídica internacional, esas decisiones tienen efecto en otros países. Desde cuestiones familiares, como el cobro de pensiones alimentarias, el régimen de visitas, la restituciones de menores (cuando los padres están domiciliados en diferentes países) o la adopción internacional de niños huérfanos, hasta cuestiones de notorio interés como el pago de los bonos de deuda pública a los tan conocidos fondos de inversión extranjero. Contratos laborales, civiles o comerciales y relaciones entre sociedades comerciales con establecimiento en diferentes estados, todas estas situaciones requieren la invocación de una sentencia judicial fuera de las fronteras del Estado de cuyas autoridades proceden. Este proceso estudiado por el Derecho Internacional Privado se denomina “ejecución de sentencia extranjera” y es uno de los ámbitos de la Cooperación Jurídica Internacional.
En 2010, por ejemplo, como consecuencia del terremoto de Haití una gran cantidad de niños huérfanos debieron ser acogidos por familias de todas partes del mundo. Desde hace ya algunos años llama la atención de las autoridades rusas los cientos de niños adoptados por familias extranjeras, en su mayoría domiciliadas en los Estados Unidos, pero también muchas de ellas de habla hispana, con la complejidad idiomática y cultural que implica. En España se registraron más de 600 adopciones de niños de origen rusos en 2011 destacándose, entre otros motivos, la simplicidad de los trámites judiciales en Rusia y la preferencia de las familias para adoptar niños con rasgos europeos. Un año después Cristina Gutiérrez, una mujer argentina, adoptó tres niñas rusas a través de internet, en el sitio de una agencia de adopción internacional.
Se cuestiona cotidianamente la eficacia de estos procesos, afirmando en nuestro caso, que la Argentina no forma parte de los países que aceptan la adopción internacional. Ello es correcto en tanto no ratificamos los Tratados Internacionales que existen en esta materia en el ámbito interamericano ni en el marco de las Conferencias de La Haya. Numerosas razones han fundamentado esta postura, entre las que se encuentra la lucha contra el tráfico de menores o la imposibilidad material de desarrollar el adecuado seguimiento pos-judicial de las adopciones internacionales a través de órganos especializados, garantizando el respeto por la identidad idiomática y cultural del país de origen del menor. Sin embargo, esta prohibición se circunscribe a la posibilidad de adoptar niños argentinos por familias domiciliadas en el extranjero y no a la inversa.
¿Es válida entonces la adopción de niños extranjeros por personas domiciliadas en Argentina? La respuesta es afirmativa. En cumplimiento de la mencionada cooperación jurídica internacional, el reconocimiento de la sentencia de adopción realizada en el extranjero, tiene plenos efectos en nuestro país y el menor debe ser considerado en su calidad de hijo, tal como si nuestras propias autoridades judiciales hubieran autorizado esa forma de filiación.
María Victoria di Pierro
*Investigadora del Instituto de Ciencias Sociales de la Fundación UADE.
12/09/2016
Fuente: www.perfil.com
El número de nuevas solicitudes supera con creces al de adopciones y la bolsa de familias que siguen a la espera aumenta cada año. La falta de un reglamento para desarrollar una ley aprobada hace un año aumenta las trabas en los procesos
A finales de julio del pasado año, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba la aprobación de la Ley 26/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, una normativa que las familias adoptantes y de acogida venían reclamando varios años antes y que fue recibida con los brazos abiertos por las mejoras que introducía en el actual sistema y porque iba a servir para reducir las largas esperas que, en la actualidad, sufren las familias que desean adoptar.
Sin embargo, más de un año después y debido a la interinidad del actual Gobierno en funciones, todavía no se ha confeccionado el reglamento que desarrolle la ley, por lo que no se está aplicando. Esta especie de vacío normativo, además, está afectando no sólo al ámbito de las adopciones nacionales e internacionales, sino también a la figura del acogimiento familiar.
Por un lado, la competencia sobre los denominados Organismos Acreditados para la Adopción Internacional (OAA) debería haber pasado de las autonomías al Estado, según marca la nueva ley. «La nueva normativa fija que todo solicitante de adopción internacional puede acudir al OAA que quiera, no sólo a los que estén en su comunidad autónoma, situación que generaba discriminación en ciertos solicitantes y hacía que las negociaciones con los países de origen las llevara cada autonomía», explica Ruth Martínez, presidenta de Adoptants (asociación de familias adoptantes y acogedoras de la Comunitat). Con el cambio, la acreditación de estos organismos pasarían a depender de la Administración central y los acuerdos con otras naciones se adoptarían a nivel estatal, supuestos con los que se pretendía agilizar los trámites y evitar agravios entre unas regiones y otras. Sin embargo, en la actualidad «las autonomías ya no tienen potestad de acreditar nuevos OAA y el Estado no lo ha hecho», lamenta Martínez. Se da la situación, además, que «muchos solicitantes valencianos no pueden acceder a un determinado perfil porque la Comunitat no cuenta con un OAA de ese perfil». En la actualidad son cinco las entidades acreditadas por la Generalitat y que cuentan con acuerdos con países como Filipinas, Colombia, Panamá, Vietnam, Bulgaria, Honduras, Rumanía, Rusia, Etiopía, China y Kazajstan.
A nivel nacional el escollo se encuentra en las adopciones abiertas, una nueva modalidad que permite que se lleve a cabo la adopción de un menor pero que éste mantenga el contacto con su familia biológica. Para Ana Alabort, presidenta de la Plataforma para la Defensa del Acogimiento Familiar en la Comunitat, esta fórmula «es una muy buena medida, agilizaría y desatascaría la adopción nacional y favorecería al menor, que pasaría menos tiempo en residencias o en acogimiento». En esta línea, Martínez añade que este modelo surge «para solventar situaciones de niños que, por determinadas cuestiones, pasan años y años en centros o familias de acogida». También apunta que, además de los necesarios protocolos, el Consell debería dotar el sistema de personal que lo regule.
Por último, la nueva normativa pretende poner fin a que los niños menores de tres años estén en residencias (siempre deben estar en familias de acogida), así como impulsar campañas para dar visibilidad a la fórmula del acogimiento. Sin embargo, «y pese a aprobarse una normativa que estábamos esperando desde hace años, se ha quedado en nada, y todo en detrimento del menor, esto supone un parón y un frenazo», resume Alabort. Sobre ello, Martínez añade que «la disposición ha cambiado mucho, hay buenas voluntades pero hechos, ninguno».
Así, y pese al ligero repunte de adopciones experimentado el pasado año (32 más que el ejercicio anterior), la tendencia no invita al optimismo. En la actualidad, la Comunitat acumula más de 2.500 solicitudes de familias que esperan la valoración que acredite su idoneidad para poder adoptar, como avanzó LAS PROVINCIAS el mes pasado, bolsa que no para de crecer, puesto que en los últimos años se vienen presentando entre el doble y el triple de solicitudes que adopciones se llevan a cabo.
29/08/2016
Fuente: lasprovincias.es